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FIJAN MONTO DE LA UNIDAD DE INGRESO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2018




FIJAN MONTO DE LA UNIDAD DE INGRESO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2018





Mediante Decreto Supremo N° 087-2017-PCM se fija el monto de la Unidad de Ingreso del

Sector Público correspondiente al Año 2018, la cual asciende a S/ 2 600, 00 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 SOLES).

Establece, además, el alcance del monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público correspondiente al Año 2018:

1.    El monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público solo servirá como cálculo para fijar los ingresos de altos funcionarios y autoridades del Estado, conforme al artículo 3 de la Ley N° 28212, que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras medidas.

2.    El monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público, correspondiente al Año 2018, no se aplica a los funcionarios públicos de libre designación y remoción previstos en el literal c) del artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, cuya compensación económica se rige por lo establecido en el Decreto Supremo Nº 023- 2014-EF.

3.    Cuando se aprueben las compensaciones económicas para los funcionarios públicos comprendidos en los literales a) y b) del artículo 52 de la Ley del Servicio Civil, y la de los funcionarios que faltan del literal c) del artículo 52 de la citada Ley, se regirán por lo previsto en dicha normativa, y no les será de aplicación el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público[1].



[1] Decreto Supremo N° 087-2017-PCM, Fijan monto de la unidad de ingreso del sector público para el año 2018, publicado el 29 de agosto de 2017 en el Diario Peruano - Normas Legales

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